Información Básica Sobre Protección de Datos |
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Responsable: |
REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE |
Finalidad: |
· El ejercicio de las funciones recogidas en el artículo 43 de la Ley 39/2022 de 30 de diciembre, DEL DEPORTE, por tratarse de funciones públicas ejercidas por delegación de la Administración pública deportiva. · El ejercicio de las funciones recogidas en el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas. · El ejercicio de las funciones recogidas en los Estatutos de la REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE, así como en su vigente REGLAMENTACION DE LICENCIAS · Tratamientos relacionados con el buen desarrollo y gestión de la REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE, incluido el uso de medios telemáticos de soporte, gestión y promoción del deporte. La finalidad del tratamiento de los datos corresponde a cada una de las actividades de tratamiento que realiza la REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE y que están accesibles en el Registro de Actividades de tratamiento.. |
Legitimación: |
· Misión en Interés público. · Interés legítimo del Responsable. · Consentimiento del interesado. · Cumplimiento de una obligación legal. |
Destinatarios: |
Están previstas cesiones de datos a: · Organizaciones, entidades de la Administración Pública con competencia en la materia. · Administración pública, entidades locales, Organizaciones y empresas relacionadas con la finalidad Formativa de la FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE. · Entidades Aseguradoras y de viajes. · Entidades financieras y Bancarias · Organizaciones relacionadas con la FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE: Patrocinadores, organizadores, Colaboradores. · Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD) · Federaciones Autonómicas de PATINAJE. · Comité Olímpico Español. · Agencia Mundial Antidopaje; Comité Olímpico Internacional. |
Derechos: |
Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, indicados en la información adicional, que puede ejercer, en la página web de la RFEP https://fep.es en el formulario creado al efecto, pinchando en el enlace “Ejercicio de derechos ArSol” https://fep.es/website/formulario_arsol.asp, enviando un correo electrónico a mad@fep.es o en la sede de la REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE, sita en C/ Julián Camarillo, 10 – of 307- 28037 MADRID (ESPAÑA). |
Procedencia: |
· Los datos personales proceden del propio interesado. · En el caso de menores los datos personales proceden de los padres o tutores legales. · De Federaciones Autonómicas · Clubes, Colegios y Organizadores de competiciones |
Información adicional: |
Puede consultar información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: www.fep.es |
Responsable: REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE
CIF: Q2878030B
Dirección: C/ JULIAN CARAMILLO 10 OFI. 307 - MADRID
Tfno. 91270062
Email: mad@fep.es
Delegado Protección de Datos: Consulting & Strategy GFM (GFM Servicios)
Email: dpo@gfmservicios.com
Ley 39/2022, de 30 de Diciembre, del Deporte
Art. 33- Naturaleza de las federaciones deportivas españolas
LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE es una entidad privada de naturaleza asociativa, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia que tienen como objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo y la práctica, en el conjunto del territorio del Estado, de las modalidades y especialidades deportivas que figuran en sus estatutos…
LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE gozará de un régimen especial por la actividad que desarrollan y por las funciones públicas delegadas que les son encomendadas, respetando su naturaleza, en los términos establecidos en el apartado anterior.
LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE deberá reconocer e integrar, necesariamente, en sus actividades y en sus órganos de gobierno y representación, según se establezca reglamentariamente, a deportistas, clubes deportivos, personal técnico, jueces y juezas, personal de arbitraje, federaciones deportivas autonómicas y al resto de colectivos interesados que promuevan, practiquen o contribuyan al desarrollo de las modalidades y especialidades deportivas que figuren en los estatutos de la federación deportiva española de la que formen parte.
LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE y las federaciones autonómicas integradas en esta, son entidades de utilidad pública, lo que conlleva el reconocimiento de los beneficios que el ordenamiento jurídico otorga con carácter general a tales entidades, y más específicamente aquellos que sean reconocidos en la legislación deportiva en cada momento.
Sección 4.ª Funciones de las federaciones deportivas españolas
Artículo 50. Funciones a desarrollar bajo la tutela del Consejo Superior de Deportes.
Las funciones propias de la REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE son las que se establecen de conformidad con la Ley 39/2022, de 30 de Diciembre, del Deporte:
La REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE ejerce, bajo la tutela del Consejo Superior de Deportes, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo:
b) Calificar las competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal y organizar, en su caso, las competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal no profesionales. La organización de tales competiciones se entiende referida a la regulación del marco general de las mismas.
c) Expedir licencias en los términos previstos en esta ley y sus disposiciones de desarrollo.
A estos efectos, únicamente tendrá carácter de función pública de ámbito administrativo el acto o resolución por el que se concede o se deniega la expedición de la licencia.
d) Otorgar y ejercer el control de las subvenciones que asignen a las asociaciones y entidades deportivas como consecuencia del ejercicio de potestades públicas, en la forma que reglamentariamente se determine.
e) Colaborar con la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, tanto en la formación de los técnicos deportivos en el marco de la regulación y control de las enseñanzas deportivas de régimen especial, como en los programas de formación continua.
f) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en esta ley y sus disposiciones de desarrollo.
Artículo 51. Funciones propias de carácter privado de las federaciones deportivas españolas.
Son funciones propias de las federaciones deportivas españolas:
a) Organizar o tutelar las competiciones oficiales de carácter internacional que se celebren en el territorio del Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.o).
b) Organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal que hayan sido calificadas conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, sin perjuicio de lo previsto en esta ley en
relación con las competiciones profesionales y la competencia de las ligas profesionales al respecto. Para la organización de estas actividades y competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal no se podrá establecer relación comercial con un deportista en activo susceptible de participar en las mismas.
Reconocer y, en su caso, organizar actividades y competiciones no oficiales que puedan desarrollarse en su ámbito, con participación de equipos y deportistas de más de una Comunidad Autónoma, y fijar los requisitos y condiciones de la celebración de dichas actividades.
La celebración de estas competiciones o actividades pueden venir impulsadas por la propia federación o por instituciones públicas o privadas que soliciten reconocimiento federativo.
d) Establecer, en las competiciones en las que existen relaciones laborales y económicas, sistemas de prevención de la insolvencia y de abono de salarios de las personas deportistas y de las deudas en términos similares a los que se establecen para las competiciones profesionales en el artículo 95.b).
Con el fin de garantizar su idoneidad, compatibilidad con el resto de la actividad deportiva, legalidad y oportunidad, los criterios y requisitos de participación que se establezcan deberán ser aprobados por el Consejo Superior de Deportes.
e) Elaborar y aprobar la normativa estatutaria y reglamentaria para su ratificación posterior por el Consejo Superior de Deportes de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.4 y 5.
f) Promover el desarrollo de la actividad deportiva que se corresponda con su modalidad o especialidades deportivas en todo el ámbito del Estado estableciendo medidas de promoción y desarrollo del deporte base y del talento.
g) Diseñar, elaborar y ejecutar, en el marco de sus competencias y en coordinación, en su caso, con las federaciones de ámbito autonómico, los planes de preparación de las personas calificadas de alto nivel y de alto rendimiento en su respectiva modalidad o especialidades deportivas.
h) Contribuir con la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
i) Elegir las personas deportistas que han de integrar las selecciones españolas.
j) Ejercer la potestad disciplinaria, en aquellas cuestiones que no estén integradas
en el artículo anterior, dentro de las competencias que le son propias.
k) Desarrollar programas de tecnificación deportiva.
l) Colaborar con las Administraciones Públicas en el desarrollo de políticas públicas y acciones que estén vinculadas con el objeto de las federaciones deportivas.
m) Todas aquellas que puedan redundar en beneficio de las actividades que le son propias y sirvan al desarrollo de la modalidad y especialidades deportivas que administran.
n) Cualesquiera otras previstas en esta ley o en otras normas del ordenamiento jurídico.
La finalidad de la recogida y tratamiento de los datos es la de tramitar y gestionar licencias deportivas y posibilitar el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas la RFEP por los Estatutos de la RFEP, el Reglamento de Licencias y por la legislación aplicable contenida, entre otras normas, en la citada Ley 39/2022 de 30 de Diciembre, en el Real Decreto 1835/1991 sobre Federaciones Deportivas Españolas, en el Real Decreto 1591/1992 sobre disciplina deportiva, en el Reglamento de la federación internacional y en las disposiciones y reglamentos reguladores de los procedimientos electorales.
Y todos aquellos tratamientos relacionados con la gestión y promoción del deporte como: gestión administrativa, envío de comunicaciones, organización de todo tipo de eventos deportivos con otras organizaciones, clubes, entidades públicas y privadas, medios telemáticos, uso de redes sociales corporativas, publicación de imágenes y datos relacionados con la promoción del deporte y los eventos desarrollados y todas aquellas actividades que se relacionan en el Registro de Actividades de tratamiento como cumplimiento de la normativa de protección de datos RGPD UE 2016/679.
Los datos de carácter personal de los interesados se conservarán por el tiempo necesario para el cumplimiento de las finalidades referidas anteriormente, y en tanto no exista una revocación o retirada del consentimiento de los interesados para el tratamiento de sus datos. No obstante, ese plazo de conservación estará afectado y podrá ser alterado por otros elementos tales como: los plazos de prescripción de delitos e infracciones por dopaje y de caducidad de procedimientos, los plazos de prescripción de infracciones en materia de disciplina deportiva y de caducidad de procedimientos, los plazos de prescripción para las acciones de revocación y/o reintegro de subvención, los plazos de tramitación de procedimiento de revocación y/o reintegro de subvención, los plazos de tramitación de ulteriores recursos administrativos y procedimientos judiciales; y la obligación legal de bloquear los datos quedando los mismos a disposición de las Administraciones públicas competentes, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas.
En los tratamientos cuya legitimación es el consentimiento expreso del interesado, como aquellos relacionados con los datos personales de las "Quejas y reclamaciones", datos de menores, envío de comunicaciones comerciales y de eventos de terceros, promociones de patrocinados, publicación de imágenes y datos identificativos en páginas web y redes sociales, se conservarán mientras los afectados no ejerzan sus derechos de supresión, olvido, y limitación de la finalidad. Los datos
relacionados con las competencias y funciones públicas de la Real Federación Española de Patinaje se mantendrán de forma indefinida formando parte del archivo de la RFEP. “Archivo histórico”.
Le indicamos la base legal para el tratamiento de sus datos:
Artículo 7. Práctica deportiva de las personas menores de edad.
La legitimación para el tratamiento de los datos de menores de 14 años será el consentimiento expreso e informado de aquellos que ostenten la patria potestad, consentimiento que deberá otorgarse previo a la expedición de la licencia federativa.
Los poderes públicos y las entidades deportivas prestarán especial atención en prevenir, evitar y proteger a las personas menores de edad frente a situaciones de trata de seres humanos y lesiones a la libertad e indemnidad sexuales que puedan darse en el ámbito del deporte. Asimismo, los poderes públicos y las entidades deportivas garantizarán el acceso de la infancia y adolescencia LGTBI+ a la práctica deportiva en un marco de protección y seguridad que garantice el libre desarrollo de su personalidad y de su bienestar psicológico y emocional y que, a la par, preserve su derecho a la intimidad, en especial de la infancia y adolescencia trans e intersex.
Será objeto de especial protección la publicación y/o difusión de imágenes y/o videos de menores deportistas no profesionales a través de internet, y en particular en páginas web, redes sociales o sistemas o plataformas de mensajería o intercambio de archivos. En este sentido, además de cumplirse con los requisitos legalmente establecidos deberán descartarse aquellos contenidos que no revistan interés deportivo y/o que puedan resultar contrarios al interés del menor por situarle ante una exhibición pública innecesaria, inadecuada o perjudicial atendiendo a las circunstancias existentes.
Art.47 ley 8/2021 protección del menor.
Artículo 47. Protocolos de actuación frente a la violencia en el ámbito deportivo y de ocio
Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, regularán protocolos de actuación que recogerán las actuaciones para construir un entorno seguro en el ámbito deportivo y de ocio y que deben seguirse para la prevención, detección precoz e intervención, frente a las posibles situaciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia comprendidas en el ámbito deportivo y de ocio.
Dichos protocolos deberán ser aplicados en todos los centros que realicen actividades deportivas y de ocio, independientemente de su titularidad y, en todo caso, en la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva, Federaciones Deportivas y Escuelas municipales.
Artículo 48. Entidades que realizan actividades deportivas o de ocio con personas menores de edad de forma habitual
Las entidades que realizan de forma habitual actividades deportivas o de ocio con personas menores de edad están obligadas a:
Asimismo, además de la formación a la que se refiere el artículo 5, quienes trabajen en las citadas entidades deberán recibir formación específica para atender adecuadamente las diferentes aptitudes y capacidades de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad para el fomento y el desarrollo del deporte inclusivo de estos.
7.¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?.
Los destinatarios de los datos serán todos aquellos que deban serlo como consecuencia del cumplimiento y ejercicio por la RFEP de sus funciones y obligaciones y desarrollo de la actividad federativa; y todos aquellos que deban tener acceso a los datos con motivo de la prestación de un servicio a la RFEP necesario para el cumplimiento y ejercicio de las funciones y obligaciones de ésta y para el desarrollo de la actividad federativa. Las categorías de destinatarios podrán ser, entre otras, las siguientes: entidades aseguradoras, agencias de viajes, hoteles, prestadores de servicios de transporte de viajeros, prestadores de servicios postales o de mensajería, prestadores de servicios informáticos, prestadores de servicios jurídicos, entidades organizadoras de competiciones, federaciones autonómicas, Administraciones Públicas, órganos que ejerzan potestad disciplinaria, Juzgados y Tribunales, órganos de arbitraje y mediación, Federación Internacional, comité Olímpico Internacional y Comité Olímpico Español y/o cualquier otra entidad o autoridad deportiva internacional
de Patinaje. En concreto y según las finalidades de los tratamientos, los datos se comunicarán a los siguientes destinatarios:
8.Transferencias de datos a terceros países.
Podrán producirse cesiones o transferencias internacionales de datos, que no cuenten con una decisión de adecuación referida en el artículo 45 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, o no contar con garantías adecuadas referidas en el artículo 46 del citado Reglamento Europeo, a países sedes de competiciones internacionales de Patinaje que no cuenten con legislación de protección de datos equiparable a la legislación española o a la legislación europea. La finalidad de esta comunicación es cumplir con los requisitos exigidos por la entidad organizadora o la autoridad gubernativa o legislativa del país correspondiente para participar en tales competiciones. Los interesados conocen, asumen y consienten específicamente mediante su firma en la solicitud de licencia los posibles riesgos existentes para ellos que implican tales transferencias de datos, entre los que se encuentran los siguientes:
9.¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos?.
Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre si en la REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE estamos tratando datos personales que les conciernan, o no.
Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.
Los interesados tienen derecho a retirar o revocar el consentimiento para el tratamiento de datos (dicha retirada del consentimiento no afectara a la licitud del tratamiento previo a tal retirada, y dicha retirada del consentimiento no afectara a la obligación legal de bloquear los datos quedando los mismos a disposición de las Administraciones publicas competentes, Jueces y Tribunales para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de estas) y el interesado tiene también los siguientes derechos:
El ejercicio de todos estos derechos deberá efectuarse conforme a las reglas de la buena fe y sin incurrir en fraude de ley. El ejercicio de algunos de dichos derechos puede dar lugar a la extinción de la relación jurídica federativa del interesado con la RFEP y de los derechos y deberes dimanantes de tal relación; no obstante, ello no impedirá ni el inicio o continuación de cualquier procedimiento administrativo, arbitral y/o judicial en que el interesado pudiera hallarse involucrado ni la utilización de los datos de carácter personal en tales procedimientos. Para el ejercicio de estos derechos el interesado podrá dirigir escrito de solicitud a la RFEP por cualquiera de las siguientes vías:
El escrito de solicitud a la RFEP deberá contener:
En caso de que la RFEP tenga dudas razonables en relación con la identidad de la persona física que cursa la solicitud, podrá solicitar que se facilite la información adicional necesaria para confirmar la identidad del interesado.
En caso de que sienta vulnerados sus derechos en lo concerniente a la protección de sus datos personales, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, puede presentar una reclamación ante la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS, Autoridad de Control en materia de Protección de Datos competente a través de su sitio web: www.agpd.es.
10.Información sobre la publicación de sus datos.
De conformidad con el Reglamento de Licencias, el deportista (o en su caso el padre, madre o tutor del deportista menor de 14 años), y cualesquiera interesados a los que les una el vínculo de la licencia con la RFEP, autoriza expresamente que sus datos aparezcan en todas las bases de datos de acceso público mantenidas por la RFEP que proporcionan información referente a su licencia, sus resultados y marcas obtenidas en diferentes competiciones y temporadas, así como su nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nacionalidad, y club de pertenencia. En particular los referidos datos identificativos quedarán visibles en la página web de la Real federación Española de Patinaje con el fin de mostrar sus resultados en el apartado de consulta de deportistas de la mencionada página web.
Así mismo serán públicas tanto la relación de inscripciones de competiciones como la relación de resultados de éstas, en las que aparecerán publicados los datos de los interesados referidos al nombre, dos apellidos, número de licencia, fecha de nacimiento o edad, sexo, nacionalidad, comunidad autónoma de procedencia, ciudad de procedencia, ciudad de nacimiento, club de pertenencia y resultados deportivos.
11.Información sobre la Cesión de derechos de imagen, voz y nombre:
Al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, en el ámbito de los eventos o actividades organizadas por la RFEP y medios y canales de comunicación y en el ámbito de las competiciones oficiales de Patinaje, los interesados autorizan la cesión a la RFEP de sus derechos de imagen, voz y nombre (incluyendo también edad o fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad, club de pertenencia y demás datos de interés general informativo que pudieran ser recogidos con ocasión de su intervención en los eventos o actividades y en competiciones oficiales de Patinaje), así como su captación, grabación, reproducción, difusión, emisión y retransmisión utilizando todos los medios técnicos y soportes conocidos en la actualidad, particularmente, los soportes escritos, audiovisuales y electrónicos, incluido Internet y redes sociales, tanto las vigentes como las que pudieran desarrollarse en el futuro.
Este material podrá ser utilizado en o para: 1) acciones promocionales y/o publicitarias del evento, actividad o de la competición deportiva directamente por la RFEP o en colaboración con sus patrocinadores, colaboradores y medios y canales de comunicación; 2) realización de materiales audiovisuales promocionales en distintos formatos del evento, actividad o la competición deportiva y otros soportes de comunicación/publicidad propiedad de la Real Federación Española de patinaje para campañas o actividades promocionales y comerciales 3) en la página web de la Real Federación Española de patinaje y en las cuentas que la Real Federación Española de patinaje RFEP tenga en redes sociales (a título enunciativo y no exhaustivo: Facebook, Twitter, Instagram, LinkedIn, Pinterest y Youtube; pueden comprobarse en la web de la RFEP las redes sociales en que la RFEP tiene cuenta registrada). Todo ello con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones que puedan atentar al derecho al honor en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La referida cesión de derechos es autorizada con carácter gratuito y desinteresado, por tiempo ilimitado, sin límite territorial y con facultad de la RFEP para su cesión a terceros. Asimismo, el deportista, su padre, su madre o su tutor, no podrán pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la utilización, dentro de los términos previstos en el presente documento, de las mencionadas imágenes por la Real Federación Española de Patinaje.
Los interesados autorizan que dichos datos sean comunicados: 1) al público en general; 2) a las productoras, distribuidoras o prestadores de servicios involucrados en la grabación y difusión de los vídeos y fotografías; 3) a proveedores de servicios de alojamiento de vídeos y fotografías en internet incluyendo redes sociales (algunos de estos terceros podrán estar ubicados en países que no cuenten
con legislación de protección de datos equiparable a la legislación española o a la legislación europea, y las transferencias de datos podrán no contar con una decisión de adecuación referida en el artículo 45 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, o no contar con garantías adecuadas referidas en el artículo 46 del citado Reglamento Europeo; siendo los riesgos de ello los referidos en la letra g) del presente artículo 3 bis y 4) a los patrocinadores y colaboradores (donantes, aportadores, etc.) de la Real Federación Española de Patinaje.
Los datos personales que tratamos en REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PATINAJE proceden del propio interesado, en el caso de menores de los padres o tutores legales, y también proceden de Federaciones Autonómicas, Clubes y Organizadores de competiciones.
Las categorías de datos que se tratan son:
Se tratan las siguientes categorías de datos especiales: datos de salud, conforme al cumplimiento de las obligaciones legales de la prevención de la salud, y conforme a las obligaciones de Dopaje y datos biométricos.
En todo caso, la comunicación a la Real Federación Española de Patinaje de los datos personales requeridos en el formulario de solicitud de licencia o de renovación de licencia y la aceptación de la Política de privacidad para el tratamiento de datos, transferencias internacionales de datos y cesiones contenidos en el presente documento son requisito necesario para la tramitación, expedición y gestión de la licencia y, en consecuencia, para la integración en la Real Federación Española de Patinaje. No comunicar dichos datos a la Real Federación Española de Patinaje y/o no aceptar dicho tratamiento y cesiones tendrá como consecuencia la no tramitación y la no expedición de la licencia y la consiguiente no integración del interesado en la Real Federación Española de Patinaje.
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Art. 32 RGPD UE 2016/ 679 y se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información de la Real Federación Española de Patinaje.
En este sentido, la RFEP, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y las libertades de las personas físicas, tiene establecidas las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar el nivel de seguridad adecuado al riesgo existente
En todo caso, tiene implementados los mecanismos suficientes para:
La RFEP, adopta los niveles de seguridad correspondientes requeridos en el RGPD UE 2016/679 y LOPD GDD 3/2018 y demás normativa aplicable. No obstante, no puede garantizar la absoluta invulnerabilidad de los sistemas, por tanto, no asume ninguna responsabilidad por los daños y perjuicios derivados de alteraciones que terceros puedan causar en los sistemas informáticos, documentos electrónicos o ficheros del usuario.
Esta Política de Privacidad entra en vigor en la misma fecha que el RGPD, 25 de mayo de 2018, y su aplicación es inmediata, reemplazando todas las políticas de protección de datos y privacidad que la REAL FEDERACION ESPAÑOLA DE PATINAJE tuviera anteriormente implementadas, respetando no obstante aquellos extremos no contemplados en la presente y que su aplicación no vulnere la normativa contenida en el citado RGPD.
Fecha última actualización: 17 de Julio de 2023
El firmante declara tener cumplido conocimiento de la Política de Privacidad General de la RFEP y de su vigente REGLAMENTACIÓN DE LICENCIAS.