RFEP Deportes
Resolución Comités de disciplina | Información Federativa
resolución
CHL JUJOL - CHC LAS ROZAS (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CHL JUJOL - CPL VALLADOLID (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CHL JUJOL - METROPOLITANO HC (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CPL VALLADOLID - CHL JUJOL (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CPL VALLADOLID - HC RUBI CENT PATINS (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. RUBI CENT PATINS por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC RUBI DENT PATINS - METROPOLITANO HC (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. RUBI CENT PATINS por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
TRES CANTOS PC - HC CASTELLON (Línea)
12/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a Petr Skoloud, jugador del HC CASTELLON, con 2 partidos de sanción por saltarse el reglamento.

SEGUNDO - Sancionar a Petr Skoloud, jugador del HC CASTELLON, con 2 partidos de sanción por discutir con los árbitros.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CHL JUJOL - ALAS DE SAGUNTO (¨Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CHL JUJOL - CHC LAS ROZAS (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.H.L. JUJOL, con un apercibimientoi por no tener entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CHL JUJOL - CHL UROLOKI (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CHL LAS ROZAS - HC RUBI CENT PATINS (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. RUBI CENT PATINS por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC CASTELLON - CHL JUJOL (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al CHL JUJOL, con un apercibimiento por no tener entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC RUBI CENT PATINS - CHL JUJOL (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar económicamente al H.C. RUBI CENT PATINS por no presentar entrenador al partido.

SEGUNDO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
TRES CANTOS - CHL JUJOL (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H.L. JUJOL por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
TRES CANTOS PC - HC RUBI CENT PATINS (Línea)
05/07/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al H.C. RUBI CENT PATINS, con un apercibimiento por no presentar entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
HC LICEO - CP VILA-SANA (Apelación)
19/06/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el H.C. LICEO y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CHP BIGUES I RIELLS - CP MANLLEU
29/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.H.P. BIGUES I RIELLS con una amonestación por no tener servicio médico.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILAFRANCA - SHUM
29/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.P. VILFRANCA por no subir el vídeo en los cinco días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILA-SANA - CERDANYOLA CH
29/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. VILA-SANA con un apercibimiento por no tener entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - CP VOLTREGA
29/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.P. VOLTREGA por no tener entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CP LAS ROZAS - GIRONA CH (Apelación)
28/05/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. LAS ROZAS y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
PHC SANT CUGAT - CP RIVAS LAS LAGUNAS (Apelación)
28/05/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el P.H.C. SANT CUGAT y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CE LLEIDA - CD ARENYS DE MUNT
22/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.E. LLEIDA con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP CALAFELL - RC JOLASETA
22/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar monetariamente al C.P. CALAFELL por no tener asistencia sanitaria.

SEGUNDO - Sancionar monetariamente al C.P. CALAFELL por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP TORDERA - CP MANLLEU
22/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Marc Figa Rengifo, jugador del C.P. TORDERA con la suspensión de 2 partidos por golpear con el stick a un contrario.

SEGUNDO - Sancionar a D. Sergio Alonso González, entrenador del C.P. TORDERA con la suspensión de 4 partidos por insultar al árbitro

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
PHC SANT CUGAT - CP RIVAS LAS LAGUNAS
22/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar alP.H.C. SANT CUGAT con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
REUS DEPORTIU - CHP BIGUES I RIELLS
22/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar monetariamente al REUS DEPORTIU por no tener fuerza pública.

SEGUNDO - Sancionar al REUS DEPORTIU con una amonestación pública por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CD'E ARENYS DE MUNT - CP VOLTREGA
15/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Gerard Teixidó Abad, jugador del C.P. VOLTREGA, con un apercibimiento por protestar airadamente.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VIC - CP MANLLEU (Cpto. España Juvenil)
15/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Arnau Font Sánchez,jugador del C.P. VIC, con un apercibimiento por empujar a un componente de su equipo.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILANOVA - REUS DEPORTIU
15/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a DÑA. Vinyet Flix Lázaro con un apercibimiento por falta de respeto al árbitro.

SEGUNDO - Sancionar al REUS DEPORTIU con sanción monetaria por no formalizar el protesto.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
REUS DEPORTIU - CP VOILTREGA
15/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al REUS DEPORTIU, con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SHUM MAÇANET - CHP SANT FELIU
15/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al SHUM con un apercibimiento por
no llevar los nombres en las camisetas en algunos jugadores senior.

SEGUNDO - Sancionar al C.H.P. SANT FELIU con un apercibimiento por no llevar jugador el nombre en la camiseta.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP LAS ROZAS - GIRONA CH
04/05/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar monetariamente al C.P. LAS ROZAS por no enviar el DVD dentro de los cinco días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CP CALAFELL - CP TARADELL (Apelación)
03/05/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Estimar parcialmente el recurso presentado por el C.P. CALAFELL y Revocar parcialmente en los siguientes términos:
1- Se mantiene en todos sus extremos
2- Sancionar a D. Sergi Torné Pinos, jugador del C.P. CALAFELL con la suspensión de 4 partidos.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
CP VOLTREGA - ASTURHOCKEY CP (Apelación)
03/05/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Estimar el recurso presentado por el ASTURHOCKEY C.P. y revocar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
HC LICEO - FC BARCELONA (Apelación)
03/05/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Estimar el recurso presentado por el H.C. LICEO y revocar la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CD'E ARENYS DE MUNT - CP VIC
24/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.D'E ARENYS DE MUNT, con una amonestación pública por no tener conexión Wifi.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP CALAFELL - CP TARADELL
24/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar económicamente al C.P. CALAFELL, por no tener fuerza pública.

SEGUNDO - Sancionar a D. Sergi Torné Piñol, jugador del C.P. CALAFELL con la suspensión de 6 partidos por golpear a un contrario con el patín.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VOLTREGA - ASTURHOCKEY CP
24/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al ASTURHOCKEY C.P., con un apercibimiento por no presentar entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - CP ALCODIAM
24/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Pere Cañellas Astudillo, jugador del C.P. ALCODIAM, con la suspensión de 4 partidos por golpear a un contrario con el stick.

SEGUNDO - Sancionar a D. César Carballeira Domínguez, jugador del H.C. LICEO, con 1 partido de suspensión por encararse a un contrario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SFERIC TERRASSA - CP MANLLEU
24/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al SFERIC TERRASSA, por no tener presencia de fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH LLORET - CH CALDES
17/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Manuel Barceloaó Pérez, entrenador del C.H. LLORET, con la suspensión de 1 partido por incumplir una orden arbitral.

SEGUNDO - Sancionar a D. Adrià Farré Castells, jugador del C.H. LLORET, con 1 partido de suspensión por incumplir una orden arbitral.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VIC - CE VENDRELL
17/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Gil Serrabassa Puntí, auxiliar del C.P. VIC, con un apercibimiento por protestar airadamente.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILANOVA - HC PALAU DE PLEGAMANS
17/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a Dña. Caterina Ortega Durán, jugadorea del C.P. VILANOVA, con la suspensión de 2 partidos por insultar al árbitro.

SEGUNDO - Sancionar a Dña. Daiana Silva Quiroga, jugadora del C.P. VILANOVA con la suspensión de 1 partido por por desconsideración al árbitro.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CP VOLTREGA - CP ALCORCON (Apelación)
17/04/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. VOLTREGA y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
HC PALAU PLEGAMANS-CHP BIGUES I RIELLS (Apelación)
17/04/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el H.C. PALAU DE PLEGAMANS y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
RC JOLASETA - CHP SANT FELIU (Apelación)
17/04/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el R.C. JOLASETA y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
RC JOLASETA - CHP SANT FELIU (Apelación)
17/04/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el R.C. JOLASETA y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CP VOLTREGA - CP ALCORCON
10/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar económicamente al C.P. VOLTREGA, por no tener fuerza pública.

SEGUNDO - Sancionar económicamente al C.P. VOLTREGA, por no presentar entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
HC PALAU DE PLEGAMANS - CHP BIGUES I RIELLS
05/04/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. PALAU DE PLEGAMANS, por no enviar el DVD a la plataforma en los cinco días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - FC BARCELONA
27/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Ramón Fernández Martínez, auxiliar del H.C. LICEO con 2 partidos de suspensión por desconsideración al árbitro.

SEGUNDO - Proceder al archivo de de lo actuado por la acción de los aficionados al no saber la pertenencia del club de los mismos.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
METROPOLITANO HC - HC CASTELLON
27/03/2018
l Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el METROPOLITANO H.C. y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CH PALAFRUGELL - CH LLORET
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.H. PALAFRUGELL por no retransmitir el partido por streaming correctamente.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP CALAFELL - CP MANLLEU
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. CALAFELL, con un apercibimiento por no presentar entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP RIVAS LAS LAGUNAS - CP TARADELL
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al C.P. RIVAS LAS LAGUNAS con una amonestación pública por no tener asistencia médica.

SEGUNDO - Sancionar al C.P. RIVAS LAS LAGUNAS con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VOLTREGA - CP VILA-SANA
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.P. VOLTREGA, por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIRONA CH - GIHON HC
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.E. NOIA, con un apercibimiento por no retransmitir el partido por streaming en correctas condiciones

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIRONA CH - HC LICEO
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al GIRONA C.H., por tirar una botella de plástico a la pista

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
RC JOLASETA - CHP SANT FELIU
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al R.C. JOLASETA, con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SFERIC TERRASSA - CERDANYOLA CH
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al SFERIC TERRASSA, con una amonestación pública por no tener servicios sanitarios.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SHUM MAÇANET - CP TORDERA
22/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al SHUM MAÇANET, por incuplir el protocolo pre-partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
RC JOLASETA - CHP SANT FELIU
21/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al R.C. JOLASETA, por no enviar el DVD a la plataforma en los cinco días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC CASTELLÓN - TRES CANTOS PC (Liga Elite Línea)
20/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Considerar correctamente suspendido el partido.

SEGUNDO - No considerar incomparecencia del TRES CANTOS PC.

TERCERO - Determinar concluído el espectáculo deportivo, finalizando los derechos que hayan adquirido el público

CUARTO - Determinar que los clubes abonen los gastos arbitrales de desplazamiento y dietas a los árbitros, pero no los derechos de arbitraje.

QUINTO - Determinar que el Comité de Hockey Línea de común acuerdo con los clubes, señale fecha y hora para la celebración del partido.

SEXTO - Determinar que en ausencia de común acuerdo, sea el Comité de Línea determina la fecha y hora de celebración del mismo.

SEPTIMO - Determinar que el partido deberá jugarse en las mismas condiciones administrativas que concurrían en la fecha inicialmente prevista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC CASTELLÓN - TRES CANTOS PC (Liga Oro - Línea)
20/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Considerar correctamente suspendido el partido.

SEGUNDO - Considerar válidamente celebrarlo dentro de la misma fecha prevista en su reanudación y con los mismo árbitros

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
HC LICEO - IGUALADA H.C.
19/03/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el IGUALADA H.C. y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
METROPOLITANO HC - HC CASTELLON (Liga Elite- Linea)
15/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - No apreciar alineación indebida reclamada y proceder al archivo del presente procedimiento disciplinario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
METROPOLITANO HC - HC CASTELLON (Liga Oro - Línea9
15/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - No apreciar alineación indebida reclamada y proceder al archivo del presente procedimiento

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CE BCN TSUNAMIS - CHL ARANDA DE DUERO Elite - Línea)
13/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Determinar que el partido previsto para el día 10 se juegue en un plazo de 10 días.

SEGUNDO - Que la nueva fecha y hora sea de común acuerdo.

TERCERA - Que de no producirse el acuerdo entre ambos clubes, el Comité Nacional de Hockey Línea, dictamine día y hora, con el menor perjuicio de ambos clubes.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
ASTURHOCKEY CP - IGUALADA HC
06/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Carlos Nava Añvarez, delegado del ASTURHOCKEY C.P. con 2 partidos de suspensión por protestar al árbitro

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH PALAFRUGELL - CH LLORET
06/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.H. PALAFRUGELL económicamente por tirar botella de plástico a la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC ALPICAT - CH MATARO
06/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al H.C. ALPICAT con un apercibimiento por no tener presencia policial

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP TARADELL - CHP SANT FELIU
01/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. TARADELL con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIJON H.C. - SFERIC TERRASSA
01/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a Dña. Yolanda Font Asensio, jugadora del SFERIC TERRASSA con la suspensión de 3 partidos por amenazar al árbitro.

SEGUNDO - Sancionar al SFERIC TERRASSA económicamente por no formalizar el protesto.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
REUS DEPORTIU - CERDANYOLA C.H.
01/03/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al REUS DEPORTIU económicamente por no enviar el DVD dentro de los 5 días establecidos

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIRONA CH - HC PALAU DE PEGAMANS
20/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al GIRONA C.H. con una amonestación pública por no tener servicio médico.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
IGUALADA HC - CE NOIA
20/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al IGUALADA H.C. con una amonestación pública por los problemas con el ordenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
RC JOLASETA - CH MATARO (Copa del Rey)
20/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. José Emilio Álvarez de la Cal, jugador del R.C. JOLASETA con 1 partido de sanción por desconsideración al árbitro.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SFERIC TERRASSA - CP VILA-SANA
20/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al SFERIC TERRASSA con una amonestación pública por no tener servicios médicos.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CP ALCORCON - GIJON HC (Apelación)
14/02/2018
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. ALCORCON y confirmasr íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CP RIVAS Las Lagunas - HC ALPICAT
14/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. ALPICAT con una por salir tarde a la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILA-SANA - CP MANLLEU
14/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. VILA-SANA con una amonestación pública por los problemas de conexión de wifi.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH PALAFRUGELL - FC BARCELONA
06/02/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.H. PALAFRUGELL con un apercibimiento por no retransmitir en condiciones por streaming.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP TORDERA-CP CALAFELL
30/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Mateo Cuervo Alonso, jugador del C.P. TORDERA, con un apercibimiento por enzarzarse con un contrario.

SEGUNDO - Sancionar a D. Eloi Albesa Ros, jugador del C.P. CALAFELL, con un apercibimeinto por enzarzarse con un contrario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
REUS DEPORTIU - ASTURHOCKEY C.P.
30/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Carlos Nava Alvarez, delegado del ASTURHOCKEY C.P. con la suspensión de 1 partido por protestar.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILAFRANCA - HC ALPICAT
23/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al C.P.VILAFRANCA económicamente por salir tarde a la pista.

SEGUNDO - Sancionar al H.C. ALPICAT económicamente por salir tarde a la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIJON HC - GIRONA CH
23/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al GIJON H.C. con una amonestación por no tener servicio médico en la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
PHC SANT CUGAT - CP MANLLEU
23/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Pau Gilabert Bosch, jugador del P.H.C. SANT CUGAT con la suspensión de 1 partido por lanzar el stick.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
Acumulación tarjetas Azules
16/01/2018
Sancionar a los siguientes jugadores con 1 partido de sanción por acumulación de tarjetas azules, a:

Carla Dorca Linares (GIRONA C.H.)
resolución
CH MATARO - RC JOLASETA
16/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al R.C. JOLASETA con un apercibimeinto por no llevar jugador el nombre en la camiseta.

SEGUNDO - Sancionar al C.H. MATARÓ, con una amonestación pública por fallos en la conexión de internet.

TERCERO - Dejar sin efecto alguno la tarjeta azul mostrada a D. Arnau López Ciriano, jugador del R.C. JOLASETA, por no estar implicado en la acción que da consecuencia a la misma.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP CALAFELL - CP ALCOBENDAS
16/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. CALAFELL con una monestación por no tener conexión en el vestuario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH CALDES - ASTURHOCKEY CP
12/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.H. CALDES con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CD URDANETA - IRUÑA HP
04/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Luis González Galíndez, jugador del IRUÑA HP, con la suspensión de 2 partidos por empujar a un contrario de forma violenta.

SEGUNDO - Sancionar a D. Lisandro Jorge Jofre Millet, jugador del IRUNA HP, con la suspensión de 1 partido por desconsideración al árbitro

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CE LLEIDA - HC LICEO
04/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.E. LLEIDA con un apercibimeinto por no disponer de fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VOLTREGA - CDE ARENYS DE MUNT
04/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. VOLTREGA económicamente por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC PALAU DE PLEGAMANS - CP VILA-SANA
04/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al árbitro Daniel Pico Ramos, con un partido de amonestación y la pérdida del 25% de los derechos de arbitraje del partido por llegar tarde a la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SANTUTXU HT - LAGUNA NEGRA (Liga Norte)
04/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al LAGUNA NEGRA con un apercibimiento por no presentar entrenador.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
UROLOKI AE SANT ANDREU - HC CASTELLÓN (Línea)
04/01/2018
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Isaac García Edo, entrenador del HC CASTELLÓN con la suspensión de 4 partidos por insultos a los árbitros.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILA-SANA - CP ALCORCON
21/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.P. VILA-SANA por no entregar el DVD en los 5 días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
METROPOLITANO HC - TRES CANTOS PC (Apelación)
21/12/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el METROPOLITANO H.C. y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
SFERIC TERRASSA - CP LAS ROZAS (Apelación)
21/12/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Estimar el recurso presentado por el SEFERIC TERRASSA y dejar sin efecto el segundo punto de la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CD MUNDAIZ - UD LOYOLA (Liga Norte)
13/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al U.D. LOYOLA con un apercibimiento por no presentar entrenador al partido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CP CALAFELL - CP RIVAS (Apelación)
13/12/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. CALAFELL y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CP MANLLEU - RC JOLASETA
12/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. MANLLEU con una amonestación por no funcionar bien el wifi.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP TARADELL - CP CALAFELL
12/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al C.P. TARADELL con una amonestación por no tener fuerza pública.

SEGUNDO - Sancionar al C.P. TARADELL con un apercibimiento por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC ALPICAT - CP TORDERA
12/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al H.C. ALPICAT con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SFERIC TERRASSA - GIRONA CH
12/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al SFERIC TERRASSA con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - CP VILA-SANA
05/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. LICEO por no entregar el DVD en los 5 días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
METROPOLITANO HC - TRES CANTOS PC (Línea)
04/12/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Asier Arpón Bikandi, jugador del METROPOLITANO H.C. por golpear con el stick el casco del portero contrario.

SEGUNDO - Sancionar a D. Diego Moreno Cortés-Cavanillas, jugador del TRES CANTOS por abalanzase sobre un contrario.

TERCERO - Sancionar a D. Alejandro Jiménez Domínguez, jugador del TRES CANTOS por abalanzase sobre un contrario.

CUARTO - Sancionar a D. Sergio Pardo Barajas, jugador del TRES CANTOS por abalanzase golpeando a un contrario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
ASTURHOCKEY CP - CP VIC
30/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al ASTURHOCKEY C.P. con un apercibimiento por no retransmitir adecuadamente por Streaming.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CE VENDRELL - CP VIC
30/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.E.E VENDRELL con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VILANOVA - HC ALPICAT
30/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. VILANOVA con una amonestación por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
LIGA NACIONAL DE CLUBES DE PATINAJE VELOCIDAD
30/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Asier Amiliano Zurbano, patinador del LAGUNAK por empujar a otro corredor.

SEGUNDO - Sancionar a D. Asier Amiliano Zurbano, patinador del LAGUNAK por no querer abandonar la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIRONA CH - CERDANYOLA CH
22/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. Xavier Oller García, segundo entrenador del GIRONA C.H. con la suspensión de 1 partido por protestar una decisión arbitral.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
LIGA NACIONAL PATINAJE VELOCIDAD 1ª Div. masculina
22/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Eduardo Ascunce Sanz, entrenador del U.D.C. TXANTREA con un apercibimiento por desconsideración al árbitro.

SEGUNDO - Sancionar a D. Eduardo Ascunce Sanz, entrenador del U.D.C. TXANTREA con 1 jornada de suspensión por segunda desconsideración al árbitro.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
UD LOYOLA INDAUTXU - RC JOLASETA
22/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Antonio Melero Pinto, entrenador del R.C. JOLASETA con 2 partidos por desconsideración al árbitro.

SEGUNDO - Sancionar a D. Antonio Melero Pinto, entrenador del R.C. JOLASETA con un 2 partidos por segunda desconsideración al árbitro.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CERDANYOLA CH - REUS DEPORTIU (Apelación)
20/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el CERDANYOLA C.H. y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
CP ALCORCON - CP VOLTREGA (Apelación)
20/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. ALCORCON y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
CP MANLLEU - CERDANYOLA CH (Apelación)
20/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. MANLLEU y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
GIRONA CH - CP ALCORCON (Apelación)
20/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el GIRONA C.H. y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CDP GURUTZETA - CD AURRERA (Liga Norte)
14/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a D. Javier Vaamonde Cámara, jugador del C.P. GURUTZETA, con la suspensión de 2 partidos por increpar a un contrario.

SEGUNDO - Sancionar a D. Gaizka Elburgo Sáez de Buruaga, jugador del C.D. AURRERA, con la suspensión de 3 partidos, por increpar golpeando al contrario.

TERCERO - Sancionar a D. Jon Hernáez Merino, jugador del C.D. AURRERA, con la suspensión de 1 partido por empujar a un contrario.

CUARTO - Sancionar a D. Javier Vaamonde Cámara con 1 partido por provocar a los contrarios.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CERDANYOLA CH - CP LAS ROZAS
14/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al CERDANYOLA C.H. con una amonestación pública por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH MATARO - HC ALPICAT
14/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al C.H. MATARO con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

SEGUNDO - Sancionar al C.H. MATARO por salir tarde a la pista

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP ALCOBENDAS - CP TORDERA
14/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. TORDERA con un apercibimiento por el retraso del entrenador para firmar el acta.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP CALAFELL - CP RIVAS
14/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. CALAFELL con una amonestación pública por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - CP ALCORCÓN
14/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al H.C. LICEO por no entregar el DVD en los 5 días naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP MANLLEU - CERDANYOLA CH
09/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. MANLLEU con una amonestación pública por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP VOLTREGA - HC PALAU PLEGAMANS
09/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.P. VOLTREGA con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - CP ALCORCON
09/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al H.C. LICEO con una amonestación pública por no tener asistencia médica.

SEGUNDO - Sancionar al H.C. LICEO con un apercibimiento por no tener fuerza pública.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
apelación
CH PALAFRUGELL - HC LICEO (Apelación)
08/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.H. PALAFRUGELL y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
CP ALCORCON - SFERIC TERRASSA (Apelación)
08/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Estimar parcialmente el recurso presentado por el C.P. ALCORCÓN y revocar parcialmente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
CP RIVAS LA LAGUNAS - CP VILAFRANCA (Apelación)
08/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.P. RIVAS LAS LAGUNAS y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
GIJON HC - CERDANYOLA CH (Apelación)
08/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el GIJÓN H.C. y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
apelación
CE VENDRELL - FC BARCELONA (Apelación)
07/11/2017
El Comité Nacional de Apelación de la FEP resuelve:

UNICO - Desestimar el recurso presentado por el C.E. VENDRELL y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva.

La presente resolución es definitiva en la vía federativa y contra la misma podrá interponerse Recurso ante el Comité Español de Disciplina Deportiva en el plazo máximo de quince días hábiles contados desde su notificación.
resolución
CERDANYOLA CH - REUS DEPORTIU
07/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al CERDANYOLA CH por no subir el vídeo a la plataforma en los 5 díaa naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CERDANYOLA CH - REUS DEPORTIU
07/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar al CERDANYOLA CH con una amonestación pública, por no tener conexión wifi en al vestuario.

SEGUNDO - Sancionar al CERDANYOLA CH con una amonestación por no tener asistencia médica.

TERCERO - Archivar la falta de acreditaciones del REUS DEPORTIU, por no haberlas recibido.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP ALCORCÓN - CP VOLTREGÀ
07/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.P. ALCORCÓN por no subir el vídeo a la plataforma en los 5 díaa naturales.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
PHC SANT CUGAT - CP VILANOVA
07/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a D. David Aguilar Clares, jugador del C.P. VILANOVA con 2 partidos de sanción por golpear a un contrario

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CE VENDRELL - FC BARCELONA
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al C.E. VENDRELL por saltar un espectador a la pista empujando levemente al árbitro

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH CALDES - FC BARCELONA
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al C.H. CALDES, con un apercibimiento por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP ALCODIAM - ASTURHOCKEY CP
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a Miguel Ferreira Poveda, auxiliar del C.P. ALCODIAM con 2 partidos de sanción por increpar a un jugador contrario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIRONA CH - CP ALCORCON
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al GIRONA C.H. con un apercibimiento por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
HC LICEO - BIGUES I RIELLS
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al H.C. LICEO con un apercibimiento por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
REUS DEPORTIU - CE NOIA
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar económicamente al REUS DEPORTIU por tirar objetos a la pista.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
REUS DEPORTIU - GIJÓN HC
02/11/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar al REUS DEPORTIU con un apercibimiento por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CD URDANETA-RC JOLASETA
25/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a Gorka Isasi Bilbao, jugador del C.D. URDANETA con 1 partido de sanción por desconsideración a un contrario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CE LLEIDA - IGUALADA H.C
25/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar a Andreu Tomás Tohà, jugador del C.E. LLEIDA con 1 partido de sanción por desconsideración al árbitro.

SEGUNDO - Sancionar a Gerard Miquel Solé, jugador del IGUALADA H.C. con 1 partido de sanción por desconsideración al árbitro.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CH PALAFRUGELL - HC LICEO
25/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a Xavier García Balda, entrenador del C.H. PALAFRUGELL con 2 partido de sanción por interceptar la pelota.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
SANTUTXU HT - CD AURRERA (Liga Norte)
25/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar a Gaizka Elburgo Sáenz de Buruaga, jugador del C.D. URDANETA con 1 partido de sanción por desconsideración a un contrario.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP ALCORCON - SFERIC TERRASSA
18/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar con un apercibimiento al C.P. ALCORCON por no tener fuerza pública

SEGUNDO - Sancionar con una amonestación al C.P. ALCORCÓN por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP CALAFELL - PHC SANT CUGAT
18/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar con un apercibimiento al C.P. CALAFELL por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP LAS ROZAS - HC LICEO
18/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

PRIMERO - Sancionar con un apercibimiento al C.P. LAS ROZAS por no tener fuerza pública.

SEGUNDO - Sancionar con una maonestación por no tener asistencia médica.

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
CP RIVAS LAS LAGUNAS - CP VILAFRANCA
18/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar con un apercibimiento al C.P. RIVAS LAS LAGUNAS por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
resolución
GIJON HC - CERDANYOLA CH
18/10/2017
El Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la FEP resuelve:

UNICO - Sancionar con un apercibimiento al GIJON H.C. por no tener fuerza pública

Contra la citada resolución y, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 párrafo 1 del RRJD la RFEP, cabe interponer recurso contra el Comité Nacional de Apelación, en el plazo de diez días hábiles.
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